CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS
Si deseas constituir una empresa en Perú, nosotros hacemos por ti todos los documentos y trámites previos, para que solo vayas a firmar a notaría y puedas tener tu empresa lista en 10 a 15 días. Sólo necesitas tu DNI o Carnet de Extranjería.
Si tus socios no viven en la misma ciudad o están fuera del país, también podemos crear tu empresa con nuestra modalidad a distancia sin necesidad que estén todos presentes.
No importa en qué lugar de Perú te encuentres, podemos crear tu empresa.
No pierdas tiempo tratando de hacerlo todo tú mismo, ya que sin experiencia el trámite puede ser observado en cualquier etapa y demorar mucho más tiempo de lo debido además de ocasionarte costos adicionales en correcciones notariales; o peor aún quedar estancado el trámite sin solución posible.
Lo hacemos en tan solo 3 sencillos pasos:
- Hacemos la reserva del nombre virtualmente. (tiempo de espera: 1 a 2 días hábiles)
- Te enviamos un link con un formulario para llenar con los datos de los socios. Con eso generamos todos los documentos necesarios y serán enviados a la notaría aliada más cercana a ti.
- Se coordinará una cita con hora exacta para que vayan todos los socios a notaría a firmar.
- Luego de 10 a 15 días saldrá la empresa inscrita en Registros Públicos y con el número de RUC tramitado, lista para funcionar y comenzar a emitir comprobantes.
Nota: cada notaría establece el tiempo que le tomará inscribir la empresa.
¡Y listo! Ya puedes comenzar a trabajar. Necesitarás un contador de ahí en adelante (en caso no tengas uno puedes preguntar por nuestros servicios de contabilidad).
Para asesorarte y despejar todas tus dudas sobre crear una empresa.
Consulta gratuitamente con nosotros aquí:
Si deseas escribir tus dudas sobre la constitución de una empresa, también podemos ayudarte.
Llena el siguiente formulario:
Costos base de nuestro servicio:
- Presencial: S/ 300 (trescientos soles).
Puede ser SAC, EIRL o SRL.
Incluye hasta 3 socios y un gerente general. - A distancia: S/ 600 (seiscientos soles).
Si el capital social de la empresa es menor a 1 UIT (S/ 5350) será exonerado del pago a SUNARP (es nuestra mejor recomendación para iniciar)
Servicios que incluye:
- Reserva de nombre de la empresa (razón social).
- Redacción del objeto social de la empresa (actividades)
- Redacción de declaraciones juradas
- Nombramiento del gerente general.
- Estatutos de la empresa y acta de constitución.
- Cita coordinada para firmar en notaría.
- Trámite de RUC automático en SUNAT.
Requisitos para el trámite:
- Foto del DNI de cada participante. (DNI vigente)
- Si algún participante es casado, adjuntar foto del DNI de su cónyuge
- Socios extranjeros: enviar foto del carnet de extranjería vigente (en caso no tener consultar con el asesor otra solución)
Costos adicionales:
- El trámite presencial no incluye el gasto notarial, se deberá pagar aparte en la misma notaría y puede variar entre S/ 100 a S/ 150 dependiendo de la notaría elegida. Incluye el testimonio de constitución. El trámite a distancia sí incluye los gastos notariales.
- El trámite a distancia no incluye testimonio, habrá que adicionar S/ 100 (cien soles) y se le enviará por encomienda.
- En caso sean más de 3 socios en la empresa, habrá que adicionar S/ 50 (cincuenta soles) por cada socio adicional.
- En caso de nombramiento de sub-gerente, directores o apoderados, cada nombramiento adicional tendrá un costo de S/ 50 (cincuenta soles) (el costo básico del trámite incluye un sólo gerente general).
Observaciones adicionales:
- Las personas mayores de 70 años que deban firmar en notaría deberán presentar un certificado médico que acredite que se encuentran en perfecto uso de sus facultades mentales y manifieste su voluntad en ese sentido.
- Si el aporte de capital en efectivo supera 1 UIT los costos de constitución incrementan según el capital social que se quiera aportar, consultar para una cotización precisa.
- Si el aporte de capital es en bienes, hay que detallar de cada uno: marca, modelo, número de serie, material, color, dimensiones y asignarle un valor en soles a cada bien (según el valor razonable de mercado), y tiene que tener la firma de un contador público colegiado. (Si el socio que va a aportar bienes es casado, tendrá que firmar también su cónyuge autorizando el aporte a la empresa).